Autoconsumo Colectivo

Distancia máxima entre edificios en el autoconsumo colectivo

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Instalación de paneles solares en el tejado de una vivienda

En el autoconsumo colectivo, varios consumidores comparten la energía de una misma instalación. Una de las primeras preguntas es: ¿a qué distancia pueden estar los edificios de la planta? La respuesta depende de dónde se instalen los paneles. Según la Oficina de Autoconsumo del IDAE, hay un límite general de 500 metros y un límite ampliado de 2.000 metros en casos concretos. Además, el Real Decreto-ley 7/2026, de marzo de 2026, añade según los resúmenes consultados un tercer supuesto de hasta 5.000 metros para plantas de mayor tamaño.

Aviso importante: esta guía resume las preguntas frecuentes del IDAE (de 2023) y resúmenes del Real Decreto-ley 7/2026, que cambió las reglas de distancia en 2026. No hemos podido contrastar el texto del decreto en el BOE y esta guía no sustituye el análisis de tu caso. Si estás pensando en montar un autoconsumo colectivo, confirma las condiciones con tu instalador y con tu distribuidora antes de invertir.

Los límites de distancia

CasoDistancia máxima
Planta solar fotovoltaica situada íntegramente en cubiertas de edificios, en suelo industrial o en estructuras artificialesMenos de 2.000 metros respecto a los consumidores asociados
Instalación fotovoltaica o eólica de hasta 5 MW conectada a la red (novedad del Real Decreto-ley 7/2026, según resúmenes)Menos de 5.000 metros respecto a los consumidores asociados
Resto de casos500 metros

Esto significa que una instalación en el tejado de un edificio puede dar servicio a consumidores más alejados que una instalación situada, por ejemplo, en un terreno agrícola.

Cómo se mide la distancia

El IDAE explica que la distancia se mide entre los equipos de medida, en su proyección ortogonal en planta. Es decir, no se mide "a ojo" ni hasta la puerta del edificio, sino entre los contadores, vistos desde arriba sobre un plano. Pide al instalador que te lo calcule por escrito para tu caso concreto.

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Qué más condiciona un autoconsumo colectivo

  • Conexión de la planta. Para recibir compensación de excedentes, el IDAE indica que el generador debe conectarse a la red interior de al menos uno de los consumidores asociados. En comunidades de propietarios, la planta no se conecta directamente a la instalación interior de ninguno de ellos, sino a través de las instalaciones de enlace, según el IDAE.
  • Acuerdo de reparto. Todos los consumidores deben firmar un acuerdo que fije cómo se reparte la energía, y enviarlo a la distribuidora, directamente o a través de la comercializadora. Según el IDAE, cualquier criterio es válido si lo firman todos (lo vemos en cómo se reparten los excedentes).
  • No hace falta una comunidad energética. Basta un acuerdo firmado entre los consumidores, según el IDAE.
  • Cambios de participantes. Incorporarse o salir exige que todos firmen un nuevo acuerdo, y los coeficientes de reparto no pueden cambiar con más frecuencia que cada cuatro meses.
  • Comercializadoras distintas. Los participantes pueden tener comercializadoras diferentes: la distribuidora aplica el reparto y envía a cada una la parte que le corresponde.

Cosas que esta guía no resuelve

Las preguntas frecuentes del IDAE no detallan otras condiciones que a veces se mencionan, como la referencia catastral de los edificios o si deben compartir el mismo transformador de baja tensión. Si te lo plantean en un presupuesto, pide que te lo expliquen por escrito y confírmalo con tu distribuidora.

Puntos clave

  • Límite general: 500 metros entre la planta y los consumidores.
  • Si la planta es fotovoltaica y está en cubiertas, suelo industrial o estructuras artificiales: menos de 2.000 metros (IDAE, 2023).
  • Novedad de 2026: el Real Decreto-ley 7/2026 amplía a 5.000 metros para fotovoltaica o eólica de hasta 5 MW, según los resúmenes consultados. Confírmalo en el BOE y con tu distribuidora.
  • La distancia se mide entre los equipos de medida, en proyección sobre el plano.
  • Todos los consumidores firman un acuerdo de reparto y no hace falta crear una comunidad energética.
  • Pide el cálculo de distancias por escrito al instalador antes de firmar.

Preguntas para tu instalador

  • ¿Dónde se instalaría la planta y en cuál de los dos supuestos de distancia entra?
  • ¿Cuál es la distancia calculada entre los equipos de medida de cada participante y la planta?
  • ¿A qué red interior se conectaría y cómo se tramita con la distribuidora?
  • ¿Quién redacta el acuerdo de reparto y quién gestiona los cambios de participantes?

Fuentes

Conclusión

La distancia es la primera condición que conviene comprobar en un autoconsumo colectivo. Según el IDAE, con la planta en una cubierta el margen es de hasta 2.000 metros y en otros casos, 500; y desde 2026 el Real Decreto-ley 7/2026 añade, según los resúmenes consultados, hasta 5.000 metros para plantas de hasta 5 MW. Confírmalo con datos reales y por escrito antes de seguir adelante.

¿Cuál es la distancia máxima en el autoconsumo colectivo?

500 metros en general y menos de 2.000 si la planta es fotovoltaica y está en cubiertas, suelo industrial o estructuras artificiales, según el IDAE (2023). El Real Decreto-ley 7/2026 añade, según resúmenes, hasta 5.000 metros para fotovoltaica o eólica de hasta 5 MW conectada a la red. Verifica el texto vigente.

¿Cómo se mide la distancia?

Entre los equipos de medida, en su proyección ortogonal en planta, es decir, sobre un plano visto desde arriba.

¿Necesito crear una comunidad energética?

No. Según el IDAE, basta un acuerdo de reparto firmado por todos los consumidores.

¿Pueden participar vecinos con distintas comercializadoras?

Sí. La distribuidora aplica el reparto y envía a cada comercializadora la parte que corresponde a sus clientes.

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